Contraloría de Servicios
Ministerio de Salud de Costa Rica
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Reseña Histórica
La Contraloría de Servicios del Ministerio de Salud, fue creada mediante Decreto Ejecutivo No. 37497-S el 30/11/2012, con dependencia del Despacho Ministerial, como fundamento normativo en la Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios (Ley No.9158), y su Reglamento (No. 39096).
Es una unidad organizativa adscrita al Despacho Ministerial, creada con el fin de promover, con la participación de las personas usuarias, el mejoramiento continuo e innovación en la prestación de los servicios que brinda el Ministerio de Salud.Órgano asesor, canalizador y mediador de los requerimientos de efectividad y continuidad de las personas usuarias de los servicios que brinda la institución.
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Legislación que rige a la Contraloría de Servicios:
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Funciones de la Contraloría de Servicios
- Promover que las personas usuarias cuenten con información actualizada de los servicios que brinda la institución.
- Atender las inconformidades presentadas por las personas usuarias relacionadas con la prestación de los servicios brindados por la institución en atención a los tramites solicitados, en procura de la mejora continua.
- Promover de acuerdo con la normativa vigente, procesos de mejora en cuanto a requisitos y procedimientos institucionales, en conjunto con las unidades organizativas correspondientes y la Comisión de Mejora Regulatoria.
- Aplicar instrumentos de percepción para establecer la opinión de las personas usuarias en cuanto a la calidad de los servicios brindados por la institución; análisis de dichos resultados y emitir criterios de mejora.
- Seguimiento a la prestación de los servicios de apoyo y ayudas técnicas que brinda la institución, requeridas por las personas usuarias con discapacidad, de acuerdo con la normativa específica.
Independencia de la Contraloría de Servicios
La Contralorías de Servicios ejerce sus funciones con independencia funcional y de criterio respecto del jerarca y los demás componentes de la administración activa de la institución; por ello, no realiza funciones ni actuaciones propias de la administración activa. Sus recomendaciones se sustentarán en la normativa interna de la institución. Art.13.
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¿Quiénes pueden acudir a la Contraloría de Servicios?
Toda persona física o jurídica, privada o pública, podrá presentar ante la Contraloría de Servicios cualquier inconformidad (denuncia, queja, reclamo, sugerencia, observaciones, otros) respecto a la prestación de los servicios que le brinda la institución, de igual forma sobre las actuaciones de los funcionarios en el ejercicio de sus labores, cuando estime que su actuación afecte directa o indirectamente los servicios prestados o a la imagen institucional.
¿Qué es una Inconformidad?
Son manifestaciones de protesta, censura o descontento que formula la persona usuaria en relación con el no cumplimiento por parte de la institución, de la normativa vigente; o una conducta que considera inapropiada de parte de un funcionario de la institución que le atiende, esta inconformidad puede derivar en una denuncia, una queja, un reclamo o sugerencia de mejora.
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Si la inconformidad es una denuncia, esta puede ser presentada de 3 maneras, la persona usuaria debe seleccionar la que más le convenga:
Pública: Si se marca este tipo de denuncia, se debe registrar los datos personales del denunciante y firmar el Formulario.
Solicitud de confidencialidad de la identidad: Si se marca este tipo de denuncia, no debe llenar el espacio de Datos de la Persona Usuaria. pero si es indispensable que llene el formulario adjunto a este formulario que se llama Solicitud de confidencialidad de la identidad. La Contraloría de Servicios prepara un doble expediente; en el primer expediente se mantiene la información del denunciante para mantenerlo informado de la gestión que se realiza en respuesta a su denuncia y queda bajo custodia de la Contraloría. En el segundo expediente se registra unicamente la información de lo denunciado, así como la gestión que se realice en su atención y este expediente si puede ser revisado por cualquier persona qie así lo solicite.
Anónima: No se registra ninguna información que identifique al denunciante (nombre, número de identificación o domicilio, ni firma del denunciante), por lo que no se le informará sobre la gestión realizada, seguimientos, ni resolución final en atención a la denuncia presentada.
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Requisitos para Presentar Inconformidades ante la Contraloría de Servicios
NOTA ACLARATORIA: "Persona usuaria, si su denuncia ante esta Contraloría de Servicios tiene que ver con filtración de todo tipo de aguas, contaminación sónica o contra actuar de funcionario, esa denuncia debe presentarse de manera Publica debido a las gestiones que esta Contraloría requiere hacer en su atención, de otra manera se tomará únicamente como una alerta"
- Realizar el llenado del Formulario presentación de Inconformidad, el cual incluye los siguientes requisitos:
- Identificación de la persona usuaria*
- Teléfono
- Dirección exacta
- Correo electrónico para recibir notificaciones
- Detalle de los hechos u omisiones objeto de la gestión
- Nombre del funcionario(a) o y de la unidad organizativa involucrada
- Pretensión
- Cualquier referencia o elemento de prueba
- Firma**
*Personas nacionales, presentan cedula de identidad
Personas extranjeras, presentar pasaporte, o cédula de residencia o carné de refugiado vigentes. (Art. 34)
**De presentar la inconformidad de forma electrónica y no cuenta con firma digital, se debe firmar autógrafamente el documento y anexar fotografía de la cédula de identidad.
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Información del personal asignado a la Contraloría de Servicios:
Nombre Puesto Cargo Teléfono Karla Mora Loaiza Asistente administrativo Colaboradora 4003-5241 Marcela Marchena Zúñiga Profesional de SC-1B Colaboradora 4003-5245 María de los A. Ramírez Muñoz Profesional de SC-1B Colaboradora 4003-5242 Ronny Sánchez Vargas Profesional Jefe SC-1 Contralor 4003-5243 Vera Vargas Sánchez Profesional SC-3 Colaboradora 4003-5244 -
Oficial de Acceso a la Información Pública
- En apego al DE-40199-MP de 27 de abril de 2017 (Apertura de Datos Públicos) y DE-40200-MP-MEIC-MC de 27 de abril de 2017 (Transparencia y Acceso a la Información Pública), El Ministerio de Salud ha nombrado al Lic. Ronny Sánchez Vargas, Contralor a.i., como Oficial de Acceso a la Información.
- La persona Oficial de Acceso a la Información Pública del Ministerio de Salud, tiene la competencia para atender las quejas relacionadas con la falta de atención de las solicitudes de información pública presentadas ante instancias internas de la institución. Las consultas o sugerencias referentes a conductas administrativas que obstaculizan o afecten el ejercicio del derecho de acceso a la información pública serán recibidas de forma física o electrónica.
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Medios para presentar inconformidad ante la Contraloría de Servicios
NOTA ACLARATORIA: "Persona usuaria, si su denuncia ante esta Contraloría de Servicios tiene que ver con filtración de todo tipo de aguas, contaminación sónica o contra actuar de funcionario, esa denuncia debe presentarse de manera Publica debido a las gestiones que esta Contraloría requiere hacer en su atención, de otra manera se tomará únicamente como una alerta"
- Ingresando a la página web: Formulario presentación de Inconformidad.
- Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Personalmente: En oficina de la Contraloría de Servicios, ubicada en San José, calle 16, avenidas 6 y 8, Edificio Central, primer piso. Horario de atención: lunes a viernes, de 8:00 am a 4:00 pm, jornada continua
- También puede comunicarse con la Contraloría de Servicios a los teléfonos 4003-5240, ext 5241 / 5242 / 5243 / 5244 / 5005 donde se le pueden aclarar dudas respecto a la presentación de sus inconformidades.