Colegios de profesionales en ciencias de la salud deberán crear perfiles para evitar realización de procedimientos fuera del área de competencia
- Medida busca evitar que profesionales realicen procedimientos fuera de su área de acción y así prevenir afectación negativa al paciente.
- Ministerio de Salud firmó decreto que les exige contar con los perfiles de profesionales generalistas en un año y de ahí derivar a los perfiles de profesionales especialistas.
Miércoles 27 de febrero. Para el 12 de febrero del 2020 los colegios profesionales de farmacia, medicina, microbiología química clínica, odontología, veterinaria, enfermería, nutrición y psicología, deberán contar con un perfil profesional para sus agremiados, en primera fase de sus colegiados generalistas para pasar luego a especialistas y tecnólogos.
La medida ordenada por el Ministerio de Salud nace con el fin de evitar prácticas ilegales e intrusismo, previniendo que ciertos profesionales efectúen procedimientos diagnósticos y terapéuticos fuera de sus capacidades y competencias.
Los perfiles deberán contener los requisitos para el ejercicio de la profesión, el ámbito de acción y las funciones asistenciales, docentes, administrativas y de investigación que puede desempeñar el profesional.
Los Colegios Profesionales deberán velar por que el ejercicio de los profesionales en ciencias de la salud se desarrolle en apego a estos perfiles profesionales, para lo cual, deberán establecer los mecanismos y controles fiscalizadores necesarios con el fin de rendir cuentas en el momento en que lo requieran las autoridades del Ministerio de Salud.
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