Salud informa sobre nuevas obligaciones para importadores de botellas plásticas
Martes 20 de agosto, 2024. A partir de hoy y de conformidad con el Decreto 43985-S (Reglamento a la Ley 9786), comienzan a regir nuevas obligaciones para importadores de botellas plásticas, establecidas en la “Ley para combatir la contaminación por plástico y proteger el ambiente”.
Con esto se pretende que los importadores, productores, comercializadores y distribuidores de botellas plásticas de un solo uso y los distribuidores de productos envasados en este tipo de botellas, implementen un plan de cumplimiento para evitar que las botellas plásticas tengan un solo uso.
Esta normativa también busca fortalecer la responsabilidad de todos los actores de la cadena de valor, desde los distribuidores hasta los consumidores, con el objetivo de avanzar hacia una economía circular, reduciendo el desperdicio y aprovechar al máximo los recursos, fomentando la reutilización y el reciclaje de estos materiales.
El plan de acción será evaluado anualmente por el Ministerio de Salud y puede ser presentado por importadores/distribuidores; pero igualmente por gestores autorizados y municipalidades que forjen estás alianzas.
Para la elaboración de ese plan de cumplimiento se informa que en el Anexo I del Decreto 43985-S se establece el formato para el reporte inicial de dichos planes.