Nuevo reglamento facilitará la elaboración y comercialización de productos medicinales a base de cannabis
Miércoles 12 enero, 2025. El Ministerio de Salud, en el marco de la implementación de la Ley N° 10113, “Ley del cannabis para uso medicinal y terapéutico y del cáñamo para uso alimentario e industrial”, ha desarrollado un nuevo reglamento, se trata del “REGLAMENTO TÉCNICO RTCR 515:2024. CANNABIS. PRODUCTOS MEDICINALES A BASE DE CANNABIS. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS, REGISTRO SANITARIO, ETIQUETADO, ESPECIFICACIONES, CONTROL Y PUBLICIDAD”, esta nueva normativa facilitará la elaboración y comercialización de productos medicinales a base de cannabis. Es importante aclarar a la población que los productos medicinales a base de cannabis psicoactivo estarán disponibles en farmacias, pero solo se dispensarán con receta médica. Por lo tanto, es fundamental que los médicos cuenten con la garantía de la calidad de los productos que prescriben.
Por otro lado, estos productos deberán cumplir con los requisitos de registro sanitario, etiquetado, especificaciones, control y publicidad establecidos por el Ministerio de Salud, asegurando así su seguridad y calidad a la población.
El uso del cannabis tiene potencial terapéutico para diversas patologías y la industria relacionada con su producción está en crecimiento tanto a nivel nacional como internacional, por tanto, la implementación de este nuevo reglamento no solo abre las puertas a tratamientos alternativos o complementarios para quienes más lo necesitan, sino que también proporciona un uso responsable de productos a base de cannabis; promoviendo la salud y el desarrollo de la industria, al tiempo que generamos oportunidades económicas y de investigación.
En la actualidad, existen ejemplos internacionales que demuestran que, en un entorno de seguridad y calidad, y con el adecuado acompañamiento médico, se pueden minimizar los riesgos asociados al uso del cannabis en mercados con controles deficientes.
Para el registro sanitario o autorización de los productos a comercializar, los interesados deberán presentar los requisitos legales y técnicos establecidos en la reglamentación por la vía establecida, para su evaluación por parte del Ministerio de Salud.
Es importante indicar que este reglamento paso por la consulta nacional e internacional, siendo que, actualmente se encuentra en revisión en la dirección de leyes y decretos, para luego la firma respectiva del sr. presidente de la República Rodrigo Chaves Robles, finalizando en los próximos días de la siguiente semana con la publicación en el diario oficial la gaceta.