Trámites e información en materia de Protección y Seguridad Radiológica

Toda persona física o jurídica que requiera :

  • Poner en servicio, operar, utilizar, manipular, almacenar o realizar cualquier práctica con fuentes de radiación.
  • Cerrar una instalación con fuentes de radiación.
  • Importar fuentes de radiación.
  • Exportar materiales radiactivos.
  • El desalmacenaje de fuentes de radiación.
  • Transportar materiales radiactivos.
  • Prestar servicios de transporte de materiales radiactivos.
  • Prestar servicios técnicos a instalaciones con fuentes de radiación.
  • Prestar servicios de capacitación en protección radiológica.

Debe contar previamente con la respectiva autorización o registro por parte del Ministerio de Salud, el cual, como Órgano Regulador en materia de protección y seguridad radiológica a nivel nacional, tiene la responsabilidad de velar por la protección de la vida, la salud humana y el ambiente contra los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes.

Las fuentes de radiación comprenden las fuentes radiactivas (fuentes que contienen material radiactivo), los equipos de rayos X y los aceleradores de partículas.

 

Por lo que fundamentado en los siguientes instrumentos legales:

 

 

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