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Ficha de emergencia para el Transporte Terrestre de Mercancías Peligrosas

La Ficha de Emergencia es parte de la documentación que debe portarse en vehículos automotores que se dediquen al transporte de mercancías peligrosas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 58 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Productos Peligrosos.

Ésta contiene instrucciones concisas en previsión de cualquier accidente, acordes con la naturaleza (clase) del material o residuo peligroso a ser transportado, sea éste explosivo, inflamable, comburente, tóxico, radiactivo, corrosivo, etc.

La Ficha proporciona información referente a las distancias de aislamiento, los elementos y las medidas de emergencia a seguir por el transportista o los primeros respondedores para prevenir o minimizar los efectos dañinos a la salud de las personas o al ambiente.

En ella se indican además, el Número de Identificación de Peligro y el Número ONU, los cuales deben ser exhibidos en las placas de seguridad de los vehículos con el fin de identificar el material en caso de un accidente.

La Ficha es, además, requisito para el otorgamiento del Permiso de Pesos y Dimensiones por parte del Departamento de Pesos y Dimensiones del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), para vehículos dedicados al transporte de materiales o residuos peligrosos, según se dispone en el artículo 19 del Decreto Ejecutivo Nº 31363-MOPT “Reglamento de Circulación por Carretera con Base en el Peso y las Dimensiones de los Vehículos de Carga”.

Dependiendo del tipo de mercancía peligrosa que se vaya transportar, se deberá utilizar la plantilla de la Ficha de Emergencia que corresponda, a saber:

¿Donde de Presenta?

En las Oficinas Centrales del Ministerio de Salud.

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